¿Qué es un seguro de vida?

Seguro de vida es un contrato que comprende los riesgos que pueden afectar a la persona del asegurado en su existencia e integridad personal, salud o vigor vital.

Las coberturas más comunes ofrecidas por las aseguradoras actualmente se pueden clasificar en:

 

  • Fallecimiento.- Al ocurrir el fallecimiento del Asegurado, la Compañía se obliga a pagar al (los) Beneficiario(s), la suma asegurada correspondiente.
  • Fallecimiento, Desmembramiento o Pérdida de la vista por causa accidental.
    • Fallecimiento Accidental.-La Compañía pagará al (los) Beneficiario)s) una suma adicional a la indicada en las condiciones especiales de la póliza, en caso de fallecimiento accidental del Asegurado.
    • Desmembramiento o Pérdida de la Vista.-En caso de que un asegurado
      tenga un accidente y a consecuencia del mismo muera, pierda miembros corporales o sus funciones, la Compañía pagará al propio Asegurado o a los beneficiarios designados, según el caso, las indemnizaciones que corresponda, de acuerdo a lo estipulado en la póliza.
    • Muerte Accidental Calificada.-La Compañía pagará dos sumas básicas
      adicionales en caso de fallecimiento accidental, en los siguientes casos:

      •  Accidentes de un vehículo de transporte terrestre, de línea comercial debidamente autorizada, cuando el asegurado viaje como pasajero en el mismo y el vehículo esté recorriendo la ruta autorizada.
      • Accidente de un ascensor de uso público cuando el asegurado se
        encuentre en el interior del mismo.
      • Incendio de un teatro, hotel o edificio público, cuando el asegurado se encuentre en el interior del mismo y siempre que el Asegurado no trabaje en dicho lugar.
  • Pago Anticipado de Capital por Incapacidad Total y Permanente.– Si un
    asegurado se incapacita total y permanentemente por causa de enfermedad o accidente que comience y sea dictaminada durante la vigencia del seguro, tendrá derecho a que se le pague la suma asegurada de la cobertura básica en 24 rentas mensuales garantizadas por dos años o al fallecer el asegurado antes de ese período se le entregarán a los Beneficiarios designados el valor actual de las rentas pendientes de pago.
  • Pago Anticipado de Capital por Enfermedades Terminales.– Si a un asegurado
    se le diagnostica una enfermedad Terminal durante la vigencia del seguro, tendrá derecho a que se le pague un anticipo sobre la suma asegurada. Para estos efectos se consideran enfermedades terminales: el cáncer, insuficiencia renal, accidente cerebro vascular, infarto al miocardio, e intervención quirúrgica por enfermedad de las arterias coronarias.
  • Exoneración de Pago de Primas.-Si un Asegurado, sufre una incapacidad total y permanente a consecuencia de lesión corporal o enfermedad, que lo imposibilite total y permanentemente para dedicarse a su propia ocupación o actividad económica o a cualquier otra clase de trabajo y ocupación con fines de remuneración o utilidad, la Compañía lo exonerará del pago de la prima, manteniendo su seguro en vigor durante todo el tiempo que dure dicha incapacidad hasta que ocurra cualquiera de los siguientes casos:
    • Gastos de Repatriación.- Bajo esta cobertura, si el asegurado fallece en el extranjero, la Compañía reconocerá un importe por concepto de gastos de repatriación.
    • Gastos Fúnebres.- Valor Adicional a la suma que la Compañía que se deba pagar por el fallecimiento del Asegurado, por concepto de gastos de sepelio

Tipos de Seguros de Vida

  • Seguros de vida temporal o a plazo: el período de cobertura es limitado,
    pudiendo al vencimiento renovar la póliza.
  • Seguro de vida sin plazo: la vigencia de la cobertura no tienen límite temporal.
  • Seguros de supervivencia o ahorro: cubren la posibilidad de que el asegurado
    viva más allá de cierto tiempo. Este seguro se puede estructurar de tal manera de que el beneficiario reciba una renta periódica o un pago único al cumplir cierta edad.
  • Seguros mixtos: modalidad que combina los seguros de muerte y supervivencia, cubriendo ambas posibilidades.

¿Qué aspectos deben tenerse en cuenta para contratar un seguro de vida?

Los Oficiales de Negocio de las Compañías de Seguro o los Corredores de Seguros,
son las personas especializadas para brindar asesoramiento para saber cuál es el
producto que más se adecua a las necesidades del tomador.

Los principales aspectos a tener en cuenta al contratar un seguro son:

  1. Cobertura: antes que nada se debe determinar cuáles son los riesgos que se
    desean transferir al asegurar (seguro de vida, supervivencia, auto, etc.).
  2. Importe de la prima: la prima o valor económico a pagar deberá estar acorde con los ingresos que usted percibe habitualmente. Si bien el monto a asegurar o indemnización depende del importe de la prima a pagar, luego del pago correspondiente la persona debe poder hacer frente a todos sus gastos mensuales con normalidad. Si los pagos están atrasados, cuando ocurra el siniestro el seguro no tiene validez. No se debe pedir préstamos para contratar seguros.
  3. Monto de la indemnización: antes de adquirir un seguro de vida debes definir
    cuál es el monto de la indemnización que deseas recibir en caso de producirse el siniestro.
  4. Situación económica: se debe analizar en detalle la situación económica del
    asegurado. Una persona que cuenta con un holgado patrimonio que permitiría vivir de rentas a sus herederos, probablemente no tenga una gran preocupación acerca de cómo las personas que hoy dependen de él financieramente sobre vivirán en caso de su ausencia. Pero una persona con ingresos ajustados y algunas deudas puede desear contratar un seguro cuya indemnización cubra los gastos asociados al fallecimiento, los saldos de deudas impagas y brinde tranquilidad a las personas que sostiene económicamente.
  5. Cantidad de familiares a cargo: debes considerar cuántas personas dependen
    financieramente de ti. No es lo mismo una persona que no tiene cargas de familia que una persona que es responsable de sus hijos, cónyuge y padres.
  6. Magnitud de sus ingresos habituales: la prima a pagar debe poder ser erogada
    con los ingresos que percibes habitualmente. Si bien el monto a asegurar o
    indemnización depende del importe de la prima, luego del pago correspondiente la persona debe poder hacer frente a todos sus gastos mensuales con normalidad. Si los pagos están atrasados, cuando ocurra el siniestro el seguro no tiene validez.
  7. Beneficios adicionales: algunas aseguradoras otorgan ciertos beneficios, por
    ejemplo la posibilidad de no abonar las primas en un período en que no generen ingresos (no se puede trabajar luego de haber sufrido un accidente) o exoneración de pago de primas, incapacidad, gastos fúnebres, etc.