SEGURO DE TRANSPORTE

Cubre las pérdidas ocasionadas a los bienes asegurados cuando se transportan de un lugar a otro, ya sea vía terrestre, marítimo y aéreo. Incluye la cobertura básica de riesgo ordinario de transito que indemniza las pérdidas ocasionadas a los bienes asegurados debido a un accidente que sufra el medio de transporte.

Adicionalmente se pueden otorgar las siguientes coberturas:

  • Robo de bulto por entero.
  • Robo parcial.
  • Mojadura de agua dulce.
  • Mojadura de agua del mar.
  • Contacto con otras cargas.
  • Huelgas y alborotos populares.
  • Barredura, mermas, comején, gorgojo y polilla.
  • Terremoto y erupción volcánica.
  • Motín.
  • Oxidación.
  • Manchas
  • Falta de peso
  • Roturas.
  • Derrame.
  • Guerra a flote.